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Definen el futuro de la causa contra la “manada de Chubut” y el “desahogo sexual”

El juez debe resolver el acuerdo del juicio abreviado. Van a declarar las partes por videoconferencia

En enero de 2019, una joven denunció que fue violada por un grupo de jóvenes en una casa del balneario Playa Unión, de la ciudad de Rawson, Chubut. Según su relato, el hecho ocurrió el 22 de septiembre de 2012, cuando ella tenía 16 años, en el marco de una fiesta. En su momento, la denuncia tomó gran repercusión y la Justicia abrió una investigación de oficio. Cinco adolescentes fueron imputados por “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.

La semana pasada, y tras varios meses de recabar pruebas, se conoció que el fiscal del caso, Fernando Rivarola, avanzó en la resolución de la causa al acordar un juicio abreviado con los imputados, lo que implica una pena menor y una aceptación de la culpa de los acusados. También hubo aceptación de la víctima, lo que es requerido por la ley.

En su dictamen, el fiscal modificó la calificación legal de “abuso con acceso carnal” por la de “abuso sexual simple, agravado por la participación de dos o más personas”, y argumentó el pedido de juicio abreviado utilizando la definición “accionar doloso de desahogo sexual”. Según se explicó, la modificación de la calificación legal se debió a la falta de pruebas en el expediente, la dificultad de probar una violación siete años después. Una fuente calificada en los tribunales de Trelew aseguró que “La víctima no quiere afrontar un juicio y exponerse”.

En una audiencia pactada para este lunes, mediante una videoconferencia, el juez de Garantías Marcelo Nieto di Biase deberá resolver si acepta este juicio abreviado. Se prevé que la víctima testifique y que también participe el fiscal Rivarola. El magistrado podría no resolver hoy sobre la cuestión y tomarse los cinco días hábiles de plazo que tiene para hacerlo.

Tras la ola de repudios que causó este caso, tanto a nivel político como en la comunidad de las organizaciones civiles, los ojos del país están puestos en la resolución del juez de Garantías. De ser condenados, Ezequiel Quintana, Leandro del Villar y Luciano Mallemaci tendrían asegurada una pena mínima de ocho años de prisión. Los otros dos imputados, menores de edad al momento del ataque investigado, fueron sobreseídos. Sin embargo, en el acuerdo de partes que debe resolver la Justicia, a raíz del pedido del fiscal Rivarola con el consentimiento de la víctima, el delito se convierte en excarcelable.

La frase de “desahogo sexual” se convirtió en un escándalo a nivel nacional. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal de Chubut lo justificó: “El abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta”.

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