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“Compre sin IVA”: lo qué tenés que saber para que te reintegren el impuesto

Un repaso de los pormenores de la medida anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, que busca paliar los efectos de la inflación

El Ministerio de Economía, dirigido por Sergio Massa, ha dado a conocer una expansión del programa de devolución del IVA, denominado “Compre sin IVA”, enfocado en compras de productos de la canasta básica. Esta medida, que hasta ahora se aplicaba exclusivamente a jubilados y pensionados con ingresos limitados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), se extenderá ahora a trabajadores y monotributistas.

A continuación, se presentan los aspectos clave de esta iniciativa:

¿Quiénes serán los beneficiarios de “Compre sin IVA”?

  • Unos 7 millones de jubilados y pensionados.
  • Los 2,5 millones de beneficiarios de la AUH.
  • Unos 2,7 millones de monotributistas.
  • Un total de 9 millones de empleados en relación de dependencia.
  • Los 440 mil trabajadores del Régimen del Personal de Casa Particulares.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la devolución del IVA?

  • En el caso de los jubilados, no podrán cobrar más de tres haberes mínimos.
  • Los trabajadores formales deberán tener ingresos de hasta seis salarios mínimos, vitales y móviles ($708.000 brutos en total).
  • Los monotributistas deberán ser “puros”, es decir, que no deberán tener otra fuente de ingresos.

¿Cuánto dinero se devolverá?

  • Se reintegrará la totalidad del IVA de los productos de primera necesidad, lo que equivale al 21% del valor de los productos, con un tope de $18.000 mensuales por beneficiario.

¿Cuándo se hará el reintegro?

  • El dinero será acreditado en la cuenta del beneficiario en un plazo de 48 horas.
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¿Qué productos serán alcanzados?

  • Se incluyen frutas, verduras, carne, productos de higiene personal y de la canasta del hogar.

¿Cómo se debe pagar para acceder a la devolución del IVA?

  • Las compras realizadas con tarjeta de débito serán las beneficiadas por este programa, aunque no se ha especificado si se contemplarán operaciones realizadas por billeteras virtuales u otros medios de pago asociados a las cuentas bancarias.

¿Cuándo entra en vigencia la devolución del IVA?

  • La ampliación del programa entrará en vigor una vez que se publique el decreto correspondiente en el Boletín Oficial.

Posibles cambios a futuro

  • Se planea llevar estos puntos a la legislación mediante un proyecto de ley para brindar estabilidad al programa y establecer cambios definitivos. Se propone devolver hasta un 21% del monto de las operaciones de compra, con un tope equivalente al 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) para cuatro integrantes de una familia. Esto podría aumentar el tope mensual de devolución a $23.000 aproximadamente.

Además de la ampliación del programa de devolución del IVA, se anunció la disponibilidad de préstamos para trabajadores registrados con tasas subsidiadas, cuotas fijas y plazos de devolución de hasta 48 meses, así como un aumento en el refuerzo alimentario para jubilados. El programa busca aliviar la carga económica de diversos sectores de la población en medio de un contexto de inflación creciente.

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