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Santa Fe tendrá una semana más de restricciones porque no logra controlar los contagios

La provincia de Santa Fe anunciará la extensión de las restricciones al menos por una semana más porque no logra bajar el número de contagiados

En este momento y tras los nueve días de aislamiento estricto determinado por el gobierno nacional, rige en Santa Fe el decreto provincial N°735 que establece restricciones a la circulación. Si bien se habilitaron algunas actividades como la apertura de comercios y locales gastronómicos, aún no regresan las clases presenciales y hay límite horario para circular. Además, durante el fin de semana, toda la provincia deberá regresar al confinamiento, según lo dispuesto por Nación. La incógnita es qué pasará la semana que viene, a partir del lunes 7 de junio.

Al respecto, el ministro de Trabajo de la provincia, Juan Manuel Pusineri, dijo que hay dos escenarios posibles: el primero implica que no haya novedades desde Nación, con lo que se sostendrían las actuales restricciones dictadas por Provincia; el segundo se produciría si el gobierno central vuelve a extender el confinamiento luego del fin de semana: el funcionario anticipó que en ese caso la provincia de Santa Fe va a adherir a la decisión nacional.

Qué se puede hacer el fin de semana

El decreto nacional N°334/2021 indica que desde el 21 de mayo hasta el 30 y durante el 5 y 6 de junio rigen las siguientes medidas:

Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Todas deberán realizarse bajo la modalidad de teletrabajo.

Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.

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Se pueden realizar salidas de esparcimiento en espacios al aire libre y de cercanía al domicilio, pero quedan prohibidas las reuniones sociales.

– La restricción de circulación nocturna será desde las 18 hasta las 6 del día siguiente.

– Hay trabajadores exceptuados de la restricción de circulación, pero solo para realizar la actividad laboral. Todos deberán contar con permiso de circulación y de uso de transporte público.

Están exceptuados de la prohibición a circular las siguientes personas:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

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